“LEY ALEJO”

Esta ley es para la capacitación obligatoria y políticas públicas para prevenir y erradicar la violencia desde la perspectiva de Diversidad de Género, para todas las personas que integran los tres poderes del estado- comisarías especializadas en géneros.
La presente ley tiene como objeto estudiar, identificar, registrar y capacitar al personal del Estado acerca del origen, causas, espacios y formas en que se manifiesta la violencia desde la perspectiva de la Diversidad de Género.
Definición. Se entiende por violencia desde la perspectiva de diversidad de género, toda conducta, por acción u omisión, que, de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación de pareja o ex pareja, o relación esporádica (cualquiera haya sido el tipo y tiempo del vínculo sentimental), afecten la vida, libertad, paternidad o maternidad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, social, económica o patrimonial, política, como así también la seguridad de una persona.

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