CONSTITUCIÓN PROVINCIA DE SANTA FE 2025 Sus mejoras y analisis comparativo respecto de 1962
Ariel
Rolfo
✍
Propósito
El siguiente es una analisis sintetico donde
en la primera parte se detallan en particular las principales mejoras para la ciudadanía
que fueron introducidas por la reforma constitucional de 2025 estructuradas en
una lista que menciona los avances en derechos, deberes del Estado y
prioridades de política pública, evidenciando tambien en la segunda y tercera
parte en forma comparativa las mejoras alcanzadas respecto de la
Constitución de 1962.
PRIMERA PARTE
Plataforma Ciudadana de Derechos (Santa Fe 2025) SEGUNDA
PARTE Cuadro Comparativo Constitucional: Santa Fe 1962 Vs.2025 TERCERAPARTE
Informe Comparativo Constituciones Santa Fe 1962 vs. Santa Fe 2025
PRIMERA PARTE
Plataforma
Ciudadana de Derechos (Santa Fe 2025)
1) Estado
laico, plural y con integridad pública
Base 2025
- Se distingue Estado–religión y no hay religión oficial;
se fijan principios de autonomía, igualdad, no discriminación, cooperación
y neutralidad en la relación con cultos (Art. 3) .
- La Provincia y los municipios responden por los daños que
ocasionen (responsabilidad estatal) (Art. 9) .
- Gobernanza de datos públicos:
transparencia, trazabilidad, interoperabilidad y rendición de cuentas
(Art. 46) .
Mejora vs. 1962 - 1962 establecía religión oficial (Art. 3) . La 2025 consagra
laicidad y neutralidad; además, refuerza responsabilidad estatal y
apertura de datos (no previstas así en 1962).
2) Igualdad
sustantiva y acción positiva
Base 2025
- Reconoce desigualdades estructurales y ordena medidas de
acción positiva para mujeres y diversidades (paridad e igualdad
sustantiva), juventudes, personas mayores, personas con discapacidad
(apoyos y ajustes razonables), pueblos indígenas, contra la pobreza y por
la equidad territorial (Art. 13) .
Mejora vs. 1962 - 1962 reconocía igualdad formal; 2025 pasa a igualdad material
con mandatos operativos.
3) Salud
integral como derecho
Base 2025
- Derecho al cuidado integral de la salud (física, mental,
emocional, ambiental y social); sistema público, gratuito y de calidad;
coordinación intergubernamental; el medicamento es bien social
y se reconoce interés en su producción pública (Art. 22) .
Mejora vs. 1962 - 1962 tutelaba la salud como derecho e interés colectivo, pero sin
reconocerla como derecho integral ni el rol de medicamentos como
bien social (Art. 19) .
4) Trabajo
decente en la economía del siglo XXI
Base 2025
- El trabajo es derecho humano y deber social; salario
justo, igual remuneración por igual tarea, jornada limitada, desconexión
digital, vacaciones pagas, seguridad e higiene; libertad sindical,
negociación y huelga; justicia laboral especializada, gratuita y oral;
atención a nuevas formas de empleo y protección de PyMEs (Art. 23)
.
Mejora vs. 1962 - 1962 protegía el trabajo y creaba tribunales laborales, pero no
contemplaba desconexión digital, ni un enfoque explícito sobre nuevas
formas de empleo (Art. 20).
5)
Seguridad social y el derecho al cuidado
Base 2025
- Derecho a un nivel de vida adecuado (alimentación nutritiva,
vivienda, cuidados médicos y servicios sociales); reconocimiento del
valor social y económico del cuidado; sistema de seguridad social
integral y sostenible; régimen previsional público de reparto;
intangibilidad de los fondos (Art. 24) .
Mejora vs. 1962 - 1962 afirmaba seguridad social e irrenunciabilidad, pero no
explicitaba economía del cuidado ni intangibilidad de fondos
(Art. 21) .
6) Ambiente
y acción climática
Base 2025
- Derecho a un ambiente sano; principios de prevención,
precaución, progresividad y no regresividad; obligación de política
climática (mitigación, adaptación y transición justa) y recomposición
del daño (Art. 33) .
Mejora vs. 1962 - 1962 no consagraba un derecho ambiental; regulaba aspectos
agrarios y de conservación sin enfoque de bienes comunes ni clima
(v. gr. Art. 28) .
7) Agua y
saneamiento como derecho humano
Base 2025
- El agua es bien colectivo; derecho de acceso
universal y asequible al agua potable y saneamiento; gestión integrada
por cuencas e información pública con participación ciudadana y
protección de humedales (Art. 34) .
Mejora vs. 1962 - 1962 no reconocía el agua como derecho humano ni su gestión
integrada.
8) Derecho
a la ciudad y hábitat digno
Base 2025
- Derecho al uso pleno y equitativo de la ciudad y al hábitat
digno; integración socio-urbana; movilidad integrada, accesible
y sostenible; gestión integral de riesgos; recuperación de plusvalías
urbanas para financiar infraestructura.
Mejora vs. 1962 - 1962 no contemplaba el derecho a la ciudad ni instrumentos
de justicia espacial.
9)
Consumidores y usuarios (también en lo digital)
Base 2025
- Derechos a la dignidad, educación, consumo sustentable y seguro,
salud, privacidad, información, indemnidad, acceso gratuito a la
justicia y acciones individuales y colectivas, con especial
tutela a hipervulnerables y prevención de riesgos en entornos
físicos y digitales (Art. 32) .
Mejora vs. 1962 - 1962 no tenía un capítulo específico de defensa del consumidor.
10)
Seguridad democrática y derechos de las víctimas
Base 2025
- Derecho a vivir en un entorno físico y digital seguro; la
Provincia ejerce el monopolio de la fuerza conforme Constitución y
tratados; profesionalización, integridad y rendición de cuentas en fuerzas
de seguridad (Art. 30) .
- Derechos de las víctimas:
trato digno, información, participación, no revictimización; debida
diligencia reforzada (Art. 31) .
Mejora vs. 1962 - 1962 no explicitaba estándares de seguridad democrática ni
un catálogo de derechos de víctimas.
11)
Justicia accesible y garantías efectivas
Base 2025
- Amparo ágil contra actos u omisiones de
autoridades o particulares por cualquier derecho (incluye
discriminación, ambiente, consumo); acción de clase; control de inconstitucionalidad
e inconvencionalidad (Art. 43) .
- Habeas data:
acceso, rectificación, actualización y supresión de datos personales;
principios de tratamiento y acción rápida (Art. 44) .
Mejora vs. 1962 - 1962 previó amparo restringido a libertades frente a
autoridades o privados en funciones públicas (Art. 17) ; 2025 amplía la
tutela, incorpora acción colectiva y habeas data.
12)
Derechos y protección en la era digital
Base 2025
- Aplicación de los derechos constitucionales en entornos
digitales; alfabetización digital crítica; ciberseguridad; respeto a
privacidad y autonomía mental; prevención de manipulación de pensamientos
y emociones; consentimiento libre e informado.
- (Vinculado con Art. 44 – habeas data, y Art. 32 – consumo en
entornos digitales) .
Mejora vs. 1962 - 1962 no contemplaba derechos digitales ni protección de
datos personales.
13)
Educación, cultura, ciencia e innovación
Base 2025
- Educación gratuita, laica, universal, inclusiva, científica y de
calidad; articulación educación–trabajo; educación ambiental y para la
salud.
- Derechos culturales (diversidad, patrimonio, bibliotecas, sitios de
memoria) y fortalecimiento de ciencia, tecnología e innovación como
bienes públicos para el desarrollo.
Mejora vs. 1962 - 1962 promovía educación y cultura, pero 2025 expande a derechos
culturales, memoria y sistema educativo único con calidad y
evaluación.
14)
Políticas públicas basadas en evidencia y datos
Base 2025
- Gestión pública eficiente, transparente y sostenible, con
planificación y evaluación de políticas; datos públicos como
bienes estratégicos para innovación y participación (Arts. 45–46) .
Mejora vs. 1962 - Se pasa de un Estado normativo a uno basado en evidencia,
con participación y control ciudadano.
15)
Desarrollo e integración económica con criterio federal
Base 2025
- Promoción del desarrollo e integración de zonas del
territorio, con políticas tributarias y crediticias y grandes obras
públicas, facilitando capitales, tecnología y asistencia (Art. 47).
Mejora vs. 1962 - Profundiza lineamientos de 1962 sobre desarrollo y colonización,
articulándolos con políticas ambientales, de datos y derechos sociales.
Compromisos
programáticos (síntesis)
- Laicidad efectiva y
ética pública: protocolos, declaraciones abiertas y control social. (Arts.
3, 46)
- Salud integral gratuita y de calidad con producción pública de medicamentos y promoción de hábitos
saludables. (Art. 22)
- Trabajo decente con
desconexión digital, justicia laboral efectiva y transición tecnológica
inclusiva. (Art. 23)
- Cuidado y seguridad social con
enfoque de derechos y protección de fondos previsionales. (Art. 24)
- Ambiente, clima y agua como
bienes y derechos, con gestión por cuencas y transición justa. (Arts.
33–34)
- Ciudad y hábitat:
integración socio-urbana, movilidad segura y captura de plusvalías.
- Defensa del consumidor con
tutela
CUADRO DE ANÁLISIS COMPARATIVO CONSTITUCIONAL: SANTA FE 1962 vs. 2025
📌 1. ENFOQUE
GENERAL Y EVOLUCIÓN CONSTITUCIONAL
Aspecto |
Constitución 1962 |
Constitución 2025 |
Avance Progresista |
Visión del Estado |
Democracia formal con deberes institucionales básicos. |
Estado garante de derechos humanos, equidad, sostenibilidad y
digitalización. |
Se pasa de un Estado normativo a uno proactivo, garantista y con
enfoque de derechos integrales. |
Relación Iglesia - Estado |
Religión oficial: Católica (Art. 3) |
Separación clara entre Estado y religiones, sin religión oficial (Art.
3) |
Laicidad institucional con
reconocimiento plural, equidad interreligiosa. |
Soberanía |
Sin referencia específica a Malvinas. |
Soberanía activa sobre Islas Malvinas, Georgias, Sandwich y Antártida
(Art. 4). |
Incorporación de patriotismo constitucional y geopolítica nacional. |
Ética pública |
No explicitada. |
Reglas claras de integridad, transparencia y rendición de cuentas
(Art. 6). |
Profesionalización y control ciudadano sobre la gestión pública. |
📌 2.
DERECHOS Y GARANTÍAS
🧑⚖️ Derechos
Humanos y Libertades
Tema |
1962 |
2025 |
Avance Progresista |
Derechos individuales |
Enumeración tradicional (libertad, propiedad, etc.) |
Ampliación explícita de derechos fundamentales + operatividad directa
(Art. 10) |
Visión expansiva, interseccional e inclusiva. |
Igualdad |
Igualdad ante la ley (Art. 8) |
Reconocimiento de desigualdades estructurales + acciones afirmativas
(Art. 13) |
Incorporación de equidad sustantiva y enfoque de justicia social. |
Diversidad |
No reconocida. |
Inclusión de mujeres, diversidades, juventudes, discapacidad, pueblos
indígenas (Art. 13) |
Inclusividad constitucional activa. |
Juicio por jurados |
No previsto. |
Se promueve el juicio por jurados en lo penal y otros procesos (Art.
14) |
Democratización del sistema judicial. |
📌 3.
ECONOMÍA, TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Tema |
1962 |
2025 |
Avance Progresista |
Trabajo |
Derecho al trabajo, protección al menor y mujer trabajadora (Art. 20) |
Trabajo como derecho humano, paridad, erradicación del acoso, acceso
equitativo (Art. 23) |
Transición a un enfoque digno, inclusivo y con perspectiva de
género y tecnología. |
Empleo público |
Principios básicos. |
Ingreso por mérito, concursos públicos, transparencia (Art. 23) |
Mejora en la calidad institucional del servicio público. |
Salario |
Igual remuneración. |
Derecho a salario justo, desconexión digital, vacaciones pagas (Art.
23) |
Protección ante nuevas formas de explotación laboral. |
Seguridad social |
Integral e irrenunciable (Art. 21) |
Sistema sustentable, solidario, con intangibilidad de fondos (Art. 24) |
Modernización con enfoque solidario y sostenible. |
📌 4. SALUD Y
BIENESTAR
Tema |
1962 |
2025 |
Avance Progresista |
Derecho a la salud |
Tutela estatal de la salud (Art. 19) |
Derecho integral físico, mental, emocional, ambiental (Art. 22) |
Enfoque bio-psico-social,
atención universal y medicamentos como bien social. |
Sistema de salud |
Prevención y reparación. |
Acceso gratuito, articulación público-privada, producción pública de
medicamentos (Art. 22) |
Mayor equidad sanitaria y fortalecimiento estatal. |
Promoción de hábitos saludables |
No previsto. |
Actividad física, alimentación saludable, prevención de enfermedades
(Art. 22) |
Cultura del autocuidado y promoción de la salud integral. |
📌 5.
CULTURA, EDUCACIÓN Y CONOCIMIENTO
Tema |
1962 |
2025 |
Avance Progresista |
Educación |
Derecho a enseñar y aprender (Art. 11) |
Sistema educativo único, gratuito, laico, científico, de calidad (Art.
37-41) |
Garantía constitucional de una educación inclusiva y democrática. |
Cultura |
Fomento general a cultura, arte y ciencia. |
Derechos culturales, memoria, bibliotecas, patrimonio, pluralismo
(Art. 26) |
De la promoción al reconocimiento como derecho colectivo. |
Conocimiento e innovación |
Enunciado general. |
Ciencia, tecnología e innovación como bien común (Art. 27) |
Incorporación de saberes como derecho y motor de desarrollo. |
📌 6.
AMBIENTE, TERRITORIO Y SOSTENIBILIDAD
Tema |
1962 |
2025 |
Avance Progresista |
Ambiente |
Conservación del suelo, flora y fauna (Art. 28) |
Derecho al ambiente sano, acción climática, mitigación, equidad
intergeneracional (Art. 33) |
Reconocimiento constitucional del ecologismo como principio rector. |
Agua |
No tratado como derecho. |
Agua como bien colectivo y derecho humano (Art. 34) |
Protección de cuencas, humedales y saneamiento. |
Derecho a la ciudad |
No contemplado. |
Derecho al hábitat, planificación urbana, equidad territorial (Art.
35) |
Reconocimiento del entorno urbano como derecho colectivo. |
📌 7.
TECNOLOGÍA, DATOS Y ENTORNOS DIGITALES
Tema |
1962 |
– |
2025 |
Avance Progresista |
Ciudadanía digital |
No existía el concepto. |
Acceso universal a conectividad, alfabetización crítica,
ciberseguridad (Art. 28) |
Inclusión digital como requisito de ciudadanía igualitaria. |
|
Protección de datos |
No previsto. |
Habeas data + derecho a controlar datos personales (Art. 29, 44) |
Defensa ante la vigilancia y manipulación algorítmica. |
|
IA y transparencia algorítmica |
– |
Derechos ante sistemas automatizados, intervención humana, auditable
(Art. 29) |
Constitución pionera en gobernanza digital y ética tecnológica. |
📌 8. NUEVAS
GARANTÍAS Y MECANISMOS DE ACCESO A DERECHOS
Tema |
1962 |
2025 |
Avance |
Amparo |
Recurso limitado (Art. 17) |
Acción amplia, incluso para colectivos, ambiente, consumidores (Art.
43) |
Mayor accesibilidad jurídica para sectores vulnerables. |
Habeas corpus |
Presente. |
Ampliado: detención, desaparición forzada, incomunicación (Art. 42) |
Protección reforzada frente a abusos del poder punitivo. |
Habeas data |
No existe. |
Reconocido como derecho autónomo (Art. 44) |
Defensa frente a la intromisión digital y violación de privacidad. |
Informe Constitucional Comparativo
Constituciones Santa Fe 1962 vs. Santa Fe 2025
(enfoque político, social, económico, salud,
cultural y tutela de derechos; con lectura de poder y beneficios ciudadanos)
Resumen
ejecutivo
La Constitución de 2025 reordena el pacto
santafesino hacia un Estado social, laico, ambiental y digital, con
nuevos dispositivos de tutela efectiva (amparo amplio, habeas data, acciones
colectivas), ampliación de derechos sociales (salud integral, trabajo con
garantías del siglo XXI, seguridad social robusta) y un gobierno de datos y
transparencia.
Frente al texto de 1962 —pionero en su época
en salud, trabajo y seguridad social— la reforma 2025 profundiza, densifica
y actualiza estándares, incorpora bienes comunes (agua y ambiente),
reconoce desigualdades estructurales y crea vías procesales para
hacer exigibles los derechos.
Ejes
comparativos
1) Diseño
político–institucional y laicidad del Estado
- 1962: establece religión oficial (“La
religión de la Provincia es la Católica, Apostólica y Romana…”) .
- 2025: separa Estado y orden religioso
y no establece religión oficial; fija reglas de autonomía, igualdad
y neutralidad en la relación con cultos .
Avance: consagra un Estado neutral y plural acorde a estándares contemporáneos de libertad religiosa y no discriminación.
2)
Igualdad, enfoque de derechos y acción positiva
- 2025: reconoce desigualdades estructurales
y crea medidas de acción positiva (paridad e igualdad sustantiva de
mujeres y diversidades; juventudes; personas mayores; personas con
discapacidad con ajustes razonables; pueblos indígenas;
abordaje de pobreza; equidad territorial) .
Avance: pasa de una igualdad formal a igualdad sustantiva con políticas concretas.
3) Tutela
judicial efectiva y garantías (amparo, datos, procesos colectivos)
- 1962: introduce amparo, pero limitado
a derechos de libertad y básicamente frente a autoridades o
privados en funciones públicas, con requisitos estrictos .
- 2025: amparo amplio contra actos u
omisiones de autoridades o particulares que lesionen cualquier
derecho reconocido por Constitución, CN o tratados; incluye discriminación,
ambiente, usuarios y consumidores y acción de clase; el juez
puede declarar inconstitucionalidad e inconvencionalidad .
- 2025: crea habeas data con principios
de tratamiento de datos personales y acción rápida .
Avance: expansión fuerte de la justiciabilidad y mecanismos modernos de defensa, incluyendo lo colectivo y lo digital.
4)
Seguridad democrática, víctimas y entorno seguro (incluye lo digital)
- 2025: derecho a vivir en un entorno físico
y digital seguro y definición de seguridad pública con
monopolio estatal de la fuerza bajo derecho constitucional y convencional
.
- 2025: derechos de las víctimas (trato
digno, información, participación, no revictimización) .
Avance: paradigma de seguridad democrática, con foco en víctimas y entorno digital.
5) Salud
(derecho, sistema, medicamentos)
- 1962: tutela la salud como derecho del
individuo e interés de la colectividad; organización técnica y límites a
tratamientos forzosos .
- 2025: define salud integral (física,
mental, emocional, ambiental y social), sistema público, gratuito y de
calidad, coordinación intergubernamental, y reconoce al medicamento
como bien social con interés en su producción pública .
Avance: ampliación conceptual (salud integral), gratuidad/ calidad y política de medicamentos como bien social.
6) Trabajo
y condiciones del siglo XXI
- 1962: protección del trabajo; jornada legal;
especial protección a mujer y menor; tribunales laborales y gratuidad para
actuaciones de trabajadores .
- 2025: el trabajo es derecho humano y deber
social; reconoce desconexión digital, combate violencia
laboral (con enfoque de género), libertad
sindical/negociación/huelga, tribunales laborales especializados
y procedimientos gratuitos y orales; atención a nuevas formas de
empleo y MIPYMES .
Avance: actualización robusta a la economía digital y cuidado de la salud mental/límites de conectividad, con más herramientas judiciales.
7)
Seguridad social y cuidados
- 1962: sistema de seguridad social integral e
irrenunciable; menciona seguros, jubilaciones móviles y compensaciones
familiares .
- 2025: derecho a nivel de vida adecuado
(alimento, vivienda, cuidados), economía del cuidado reconocida, y
un sistema de seguridad social con principios de solidaridad,
sostenibilidad y transparencia; previsional público de reparto e
intangibilidad de los recursos de las cajas .
Avance: agrega derechos explícitos (alimentación adecuada, cuidados), blindaje previsional e introduce la política de cuidados como valor económico y social.
8)
Ambiente, clima y bienes comunes (agua)
- 1962: no estructura un derecho ambiental; su
desarrollo económico y agrario no se plasma como derecho al ambiente
(v.gr., colonización y función social de la propiedad, no un régimen de
bienes comunes) .
- 2025: reconoce derecho al ambiente sano
con principios de prevención, precaución, progresividad y no
regresividad, protege ecosistemas y obliga a política climática
(mitigación, adaptación, transición justa) y recomposición del daño
.
- 2025: el agua es bien colectivo de
uso común, con derecho humano de acceso al agua potable y
saneamiento, gestión integrada y protección de humedales y cuencas
con participación ciudadana .
Avance: cambio de paradigma: bienes comunes y acción climática como mandatos constitucionales.
9)
Consumidores, usuarios y economía de datos públicos
- 1962: sin capítulo específico de consumo.
- 2025: derechos de consumidores y usuarios
(dignidad, información, salud, privacidad, acceso gratuito a
la justicia, acciones individuales y colectivas, protección de hipervulnerables
y riesgos en entornos físicos y digitales) .
- 2025: datos públicos como bienes
estratégicos; mandato de gobernanza democrática de datos
(transparencia, trazabilidad, interoperabilidad, rendición de cuentas) .
Avance: tutela económico–ciudadana moderna (consumo, datos y acceso a justicia).
10)
Responsabilidad del Estado y transparencia
- 1962: reconoce responsabilidad del Estado por
daños de sus agentes, bajo derecho común .
- 2025: ratifica y explicita
responsabilidad de Provincia y municipios y añade un capítulo de políticas
públicas basadas en evidencia y gestión transparente .
Avance: cierra el circuito responsabilidad–datos–evaluación, habilitando control social y eficacia gubernamental.
Beneficios
concretos para la ciudadanía (respecto de 1962)
1.
Estado laico y neutral → garantía de igualdad entre credos y no creyentes; políticas sin sesgo
confesional (Art. 3, 2025) frente a la religión oficial en 1962 .
2.
Acceso real a la justicia → amparo amplio, acciones colectivas y habeas data para proteger
datos personales (Arts. 43 y 44, 2025) .
3.
Seguridad con derechos → víctimas empoderadas; entorno digital seguro; uso de la fuerza
bajo reglas constitucionales (Arts. 30–31, 2025) .
4.
Salud integral y
medicamentos como bien social → sistema público,
gratuito y de calidad con producción pública de medicamentos (Art. 22,
2025) .
5.
Trabajo digno en era digital → desconexión digital, combate a violencia laboral, tribunales
especializados y gratuidad procesal (Art. 23, 2025) .
6.
Seguridad social fortalecida → intangibilidad de recursos previsionales, reparto solidario, y
derechos a cuidados y nivel de vida adecuado (Art. 24, 2025) .
7.
Ambiente y clima → derecho al ambiente sano, política climática
obligatoria y recomposición del daño (Art. 33, 2025) .
8.
Agua como bien común → derecho humano de acceso al agua y gestión integrada con
protección de humedales y cuencas (Art. 34, 2025) .
9.
Consumidores y usuarios → acceso gratuito a la justicia, acciones colectivas, y
protección en entornos digitales con foco en hipervulnerables
(Art. 32, 2025) .
10. Igualdad sustantiva → paridad, diversidades,
pueblos indígenas, discapacidad (ajustes razonables) y equidad territorial como
mandatos de política pública (Art. 13, 2025) .
Arquitectura de poder y gobernabilidad)
- Hegemonía normativa: el
texto 2025 instala una gramática de derechos ampliados y mecanismos
de exigibilidad; esto desplaza el centro de gravedad desde la
enunciación (1962) hacia la implementación verificable (amparo
amplio, clase, datos, transparencia).
- Coaliciones para la implementación: se abren ventanas de oportunidad para movimientos
socioambientales (ambiente/agua), sindicatos (desconexión digital;
violencia laboral), organizaciones de consumidores y de datos abiertos
(acciones colectivas, gobernanza de datos), y feminismos/economía de
cuidados (Art. 24).
- Riesgos/Desafíos:
capacidad estatal para regular plataformas y datos, financiar
el sistema de salud y la protección social fortalecida, y coordinar
política climática y gestión hídrica interjurisdiccional.
CONCLUSIÓN
GENERAL
La Constitución de 2025 de la Provincia
de Santa Fe representa un salto cualitativo en la historia constitucional de la
provincia que la convierte a Santa Fe en referencia en derechos
ambientales y digitales, tutela judicial efectiva y protección
social con enfoque de cuidados. El nuevo texto ensancha el catálogo, moderniza
instituciones y crea herramientas para exigir y gobernar esos derechos en clave
de pluralismo, sustentabilidad y datos abiertos
Comparada con la de 1962, supera el marco
normativo clásico y se convierte en una carta de derechos de nueva
generación, con:
- Enfoque humanista, igualitario, digital y ambiental
- Incorporación de grupos históricamente excluidos
- Reconocimiento de nuevas formas de vida, trabajo, ciudad y
cuidado
- Blindaje institucional frente a corrupción y autoritarismos
- Crea una Base Normativa para un modelo de desarrollo más justo y
sostenible
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